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Especialistas en Protección de Datos para el Sector Educativo

Protección de datos para Colegios Privados y Concertados

Cumple la LOPD y el RGPD en tu centro escolar sin complicaciones

Los colegios privados y concertados gestionan información de especial sensibilidad: expedientes académicos y, sobre todo, datos personales de menores de edad. La normativa es especialmente exigente en educación y el incumplimiento puede suponer multas de hasta 20 millones de euros.

En Dataibérica te ofrecemos adaptación completa al RGPD y la LOPDGDD para centros educativos privados y concertados.

¿Sabías que tratar datos de menores te obliga a cumplir con requisitos legales especialmente estrictos?

Como colegio privado o concertado, tratas datos de categoría especialmente protegida: información de menores de edad, expedientes médicos, informes de necesidades educativas especiales. La LOPDGDD impone obligaciones específicas cuando los datos pertenecen a menores. No esperes a recibir una denuncia para adaptarte.

Riesgo real:

Los centros educativos privados son objetivo de inspecciones de la AEPD por el tratamiento de datos de menores, el uso de plataformas digitales extranjeras y los sistemas de videovigilancia en patios y accesos.

Atención 24/7

Asesoramiento permanente para gestionar incidentes de seguridad, brechas de datos o reclamaciones de familias ante la AEPD.

Seguro Responsabilidad Civil

Nuestro servicio incluye cobertura de responsabilidad civil frente a reclamaciones por incumplimiento normativo en protección de datos educativos.

Delegado (DPO)

Designación obligatoria de Delegado de Protección de Datos para centros educativos que tratan datos de menores a gran escala.

Obligaciones clave del RGPD para Colegios Privados y Concertados

Todo lo que la ley exige, nosotros lo implementamos por ti.

Protección reforzada de datos de menores de edad

Los colegios privados tratan datos de menores de edad, considerados sujetos especialmente vulnerables bajo el RGPD (Art. 8) y la LOPDGDD (Art. 7). El consentimiento debe ser prestado por sus padres o tutores legales. Cualquier uso de imágenes de menores en redes sociales o la web del colegio requiere autorización expresa de ambos progenitores.

El consentimiento para el tratamiento de datos debe recabarse de los padres o tutores de cada alumno. Según la LOPDGDD, los menores de 14 años no pueden consentir por sí mismos. Necesitas formularios específicos para: uso de imagen, plataformas digitales, servicio médico escolar y actividades extraescolares.

La normativa obliga a mantener actualizado el Registro de Actividades de Tratamiento. Un colegio privado gestionará 15-20 actividades distintas: expedientes académicos, comedor, extraescolares, videovigilancia, comunicaciones con familias, personal docente y administrativo, etc.

Según el Art. 34.1 de la LOPDGDD, los centros educativos que traten datos de menores a gran escala están obligados a designar un DPO. En Dataibérica incluimos la figura del DPO externo en nuestro servicio de adaptación, sin costes adicionales.

Tarifas transparentes para centros educativos

Colegio Pequeño

150 /año
  • Auditoría inicial
  • Textos legales para web
  • Consentimientos de familias

Colegio Grande

Desde 350 /año
  • Servicio Integral- TODO
  • Sin límite de empleados
  • Servicio DPO incluido

Protege a tu centro educativo hoy mismo

Déjanos tus datos y un experto legal en el sector educativo se pondrá en contacto contigo en menos de 24 horas para darte un presupuesto sin compromiso.

Consultoría y Adaptación RGPD / LOPDGDD para Colegios Privados y Concertados en España

Evita sanciones de la AEPD con un servicio de protección de datos 100% personalizado para tu centro educativo. Rechazamos las plantillas genéricas: cada colegio tiene sus propias plataformas digitales, actividades extraescolares y necesidades específicas. Nuestro equipo jurídico especializado audita, adapta y mantiene al día toda la documentación legal para centros privados y concertados.

Director de colegio privado gestionando protección de datos

Qué incluye nuestro servicio de Protección de Datos para Colegios Privados

Los centros educativos privados tienen obligaciones específicas bajo el RGPD y la LOPDGDD. El tratamiento de datos de menores de edad exige un nivel de diligencia especialmente elevado. A continuación, las cuatro obligaciones principales que todo colegio privado debe cumplir.

Expedientes académicos en colegio privado con protección de datos RGPD

Adaptación RGPD y LOPD para Colegios Privados y Concertados en España
(Presencial y Online)

Los expedientes académicos, los informes de necesidades educativas especiales y las imágenes de los alumnos están clasificados como datos de especial protección bajo la LOPDGDD. Ya sea que tu centro tenga 200 o 2.000 alumnos, la normativa te obliga a proteger esta información con medidas técnicas y organizativas específicas. Las familias tienen derecho a conocer qué datos recoge el colegio, cómo los utiliza y cuánto tiempo los conserva.

Solicita información sobre la Protección de Datos para Colegios Privados

¿Cumple tu colegio con la normativa de protección de datos?
Solicita una auditoría inicial sin compromiso.

¿Es obligatorio que un colegio privado cumpla con el RGPD y la LOPDGDD?

Sí, es absolutamente obligatorio. Los colegios privados tratan datos de menores de edad, sujetos especialmente protegidos bajo el RGPD y la LOPDGDD. El incumplimiento puede suponer multas de hasta 20 millones de euros. La AEPD ya ha sancionado a varios centros educativos españoles por infracciones en materia de protección de datos.

Las imágenes de alumnos son datos personales y las de menores requieren el consentimiento expreso de sus padres o tutores. Necesitas autorización específica para cada uso: web del colegio, redes sociales, boletines y actos escolares. En caso de separación o divorcio, ambos progenitores deben consentir.

La Ley Orgánica de Educación establece que los historiales académicos deben conservarse indefinidamente por su valor administrativo permanente. Otros datos como videovigilancia se conservan mucho menos (30 días según la AEPD). Nuestro servicio incluye un protocolo de conservación y destrucción segura para cada tipo de dato.

El uso de WhatsApp, Google Workspace o Microsoft Teams puede hacerse legalmente, pero requiere contratos de encargado de tratamiento con estas empresas y que las familias sean informadas. Si los datos de los alumnos se transfieren fuera del EEE, debe justificarse una base legal para esa transferencia internacional.

Los padres y tutores tienen el derecho de acceso a los datos de sus hijos menores, así como los derechos de rectificación, supresión y oposición. Tu colegio debe responder en el plazo máximo de 30 días. En caso de separación o divorcio, dependerá de la patria potestad reconocida en la sentencia judicial.

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